Con el objeto de regular, garantizar y promover derechos de las mujeres, los recién nacidos y de la pareja; no solo al momento del parto, sino también previo y posterior a este, la Comisión de Mujeres continuó con al análisis del proyecto que busca terminar con la violencia gineco-obstétrica.
Durante la jornada, la instancia prosiguió con el análisis de las indicaciones ingresadas a la iniciativa, en la idea de lograr un texto de consenso. Este sería votado y despachado el próximo lunes 20 de septiembre.
Las líneas que se debatieron apuntaron al acompañamiento post parto, cuidado y alimentación del lactante; a los derechos del padre, madre, pareja, acompañante significativo o persona gestante, sobre información referida al parto; el derecho a presentar un plan de parto con las preferencias y deseos de la madre o persona gestante. El fomento al parto respetado y un procedimiento de reclamos por violencia gineco-obstétrica.
Este proyecto surgió tras el caso de Adriana Palacios, acontecido en 2017, en la localidad de Alto Hospicio. Allí sufrió violencia obstétrica y negligencias médicas que provocaron que su hija Trinidad naciera sin vida.
Lineamientos del proyecto de ley
La iniciativa en trámite tiene por objeto regular, garantizar y promover los derechos de la mujer, del recién nacido y de la pareja. Esto, aplicado a los ámbitos de la gestación, preparto, parto, postparto y aborto en las causales establecidas por la ley. Asimismo, apunta a su salud ginecológica y sexual.
De momento, el texto se define la violencia gineco- obstétrica “todo maltrato o agresión psicológica, física o sexual, omisión o negación injustificada que suceda durante la atención de la gestación, preparto, parto, postparto, aborto, en las causales establecidas por la ley, y en el marco de la atención de la salud sexual y reproductiva de la mujer”.
Se promueve que los derechos y deberes contemplados en esta ley se apliquen a los centros de salud y hospitales públicos o privados, aplicados a todo personal de salud que realice una labor asistencial o administrativa, en salud preventiva y/o médica, en salud ginecológica, reproductiva y/o de fertilidad asistida a mujeres, respecto de todas las atenciones que describe el inciso primero de este artículo.
Para sus fines, el texto describe los siguientes principios a considerar: dignidad en el trato, autonomía, privacidad, multiculturalidad. Además, ahonda en la situación de la violencia gineco-obstétrica, definiéndola y describiendo los hechos que la constituyen.
Por último, entre otras normas, se regulan los derechos del nacimiento, del parto y de las personas recién nacidas; se abarcan el tema de la prevención y educación; y se norma la responsabilidad médica y los procedimientos de reclamación.