Fallo de la Corte Suprema establece que isapres deberán cobrar de acuerdo a tabla de 2019

La Corte Suprema determinó que las isapres deberán aplicar a sus afiliados la tabla de factores dictada por la Superintendencia de Salud en diciembre del 2019, junto con ordenar la restitución de los cobros en exceso una vez se implemente la adecuación.

La determinación fue tomada por la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, Ángela Vivanco, Adelita Ravanales, Mario Carroza y Jean Pierre Matus, con base en recursos interpuestos en contra de Colmena, Banmédica y Vida Tres.

Aunque el dictamen no lo dice de forma explícita, la decisión se extrapolaría a los cotizantes de todas las aseguradoras de salud.

La ministra de Salud, Ximena Aguilera, hizo un llamado a la calma a las instituciones y los afiliados, y aseguró que desde el Gobierno están «analizando los cursos de acción que resguarden y le den tranquilidad a los asegurados del sistema y que dé estabilidad al sistema que sus derechos van a ser garantizados».

La titular de Salud adelantó que «empezamos con una reunión que nos solicitó la Asociación de Isapres, la tuvimos el mismo día viernes, y nosotros vamos a seguir con el análisis de los equipos técnicos para ver todas las alternativas».

Resolver controversias

El superintendente de Salud, Víctor Torres, valoró que este fallo “viene a resolver una controversia de años sobre la utilización de cientos de tablas de factores de riesgo que tenían las isapres para calcular el precio final de los planes de salud de las personas: de hecho, hoy existen 995 tablas vigentes distintas”.

Torres especificó que deberán analizar los más de 42 mil planes individuales que se encuentran vigentes, de los cuales “más de 35 mil todavía mantienen las tablas antiguas, para determinar cuáles de ellos usaron tablas que no correspondían”.

“Además, debemos disponer de las medidas administrativas para que, en el caso de que este análisis establezca que hubo cotizantes que pagaron más que lo que correspondía y cuyo cobro no esté prescrito, esos dineros sean restituidos como excedentes”, concluyó.

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