Aprueban ley que crea Sistema de Acceso Priorizado para gestionar tiempos de espera en salud

La Sala del Senado aprobó la ley que crea el Sistema de Acceso Priorizado (SAP), una nueva política pública para gestionar los tiempos de espera, en un conjunto de problemas de salud no cubiertos por el GES ni la Ley Ricarte Soto.

El objetivo de esta herramienta es mejorar el acceso y la protección financiera en salud de las personas.

La normativa indica que es el Ministerio de Salud el responsable de determinar cada año las intervenciones sanitarias a priorizar, en base a un estudio a cargo de la Subsecretaría de Salud Pública, la Subsecretaría de Redes Asistenciales y el Fondo Nacional de Salud.

Estas intervenciones sanitarias priorizadas serán comunicadas anualmente mediante un decreto, que en su etapa de implementación notificará después de 60 días de la publicación de la Ley.

Sistema de Acceso Priorizado

El Sistema de Acceso Priorizado contempla un presupuesto equitativo, que se sustenta en los pilares del Fondo Nacional de Salud, ya que entrega acceso a la salud con protección financiera, administrando los recursos de forma solidaria y sin discriminación, que en el caso de este sistema se divide en partes iguales entre la Modalidad de Atención Institucional y la Modalidad de Libre Elección.

La ministra de Salud, Ximena Aguilera, destacó que esta iniciativa es fruto de un trabajo transversal y se refirió al impacto que tendrá en las listas de espera, específicamente, para aquellas intervenciones que serán priorizadas anualmente por el Minsal.

“Este sistema de acceso priorizado también trabaja en la complementariedad público-privada, pero de una forma virtuosa, en la cual, desde el sistema público se trabaja a través de la Modalidad de Libre Elección, beneficiando a todas las personas pertenecientes a Fonasa; y en aquellas que tienen acceso a la MLE, todos los cotizantes pueden concurrir directamente hacia sus prestadores privados para atenderse para aquellas patologías que sean priorizadas”, explicó.

Gestionar tiempos de espera

Este nuevo sistema permitirá que las personas usuarias de la red pública de salud, sin importar su tramo de ingreso, puedan ser derivadas a prestadores privados en convenio para la realización de la intervención correspondiente. Estas atenciones de salud se entenderán como otorgadas en la Modalidad de Atención Institucional, por lo que serán cubiertas por Copago Cero.

La iniciativa favorecerá también a las personas que coticen en Fonasa, que opten por la atención a través de la Modalidad de Libre Elección, quienes podrán acceder por medio del pago de un deducible que operará como único pago de la persona beneficiaria, siendo de cargo íntegro del Fondo todo lo que exceda a este monto. El deducible será de 1,5 ingresos mínimos mensuales para personas de tramo B, de 2 ingresos mínimos mensuales para personas de tramo C y de 3 ingresos mínimos mensuales para personas de tramo D.

Cabe señalar que la atención de salud priorizada considerará todos los elementos que se requieran para la misma, tales como, medicamentos hospitalarios, insumos hospitalarios, honorarios médicos, hospitalizaciones, atenciones posthospitalarias y complicaciones postoperatorias, de acuerdo con la indicación médica respectiva.

La implementación de esta Ley considera que los problemas de salud priorizados se conocerán en un plazo de 60 días luego de publicada la Ley, y que la red de prestadores en convenio que se utilizará en el contexto de esta etapa inicial será la de los prestadores inscritos en la Modalidad Libre Elección.

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